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Sábado, 14 de Junio de 2025 Despejado min. 14º máx. 30º

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Servicio de Teleasistencia

  1.- ¿Qué es la teleasistencia?

 

El Servicio de Teleasistencia es un servicio de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León que le permite pedir auxilio de una manera fácil y rápida a través de un botón de alarma, en caso de que tenga una emergencia en su vivienda.

Tiene como finalidad principal favorecer la permanencia de la persona usuaria en su domicilio habitual, de acuerdo a las circunstancias de su vivienda, de su entorno y de los apoyos que cuente en ese domicilio habitual.

Es una atención permanente los 365 días del año, las 24 h al día.

 

2.- ¿En qué puede ayudarle el servicio de teleasistencia?

 

Se trata de un servicio que, ante una situación de emergencia y utilizando diferentes tecnologías instaladas en su domicilio habitual, asegura una intervención inmediata, activando los recursos que sean necesarios (avisar a persona de contacto, llamar a 112…)

Actualmente se han incorporado nuevos sensores y dispositivos que detectan automáticamente situaciones de riesgo en el domicilio, servicios con los que se trabajan diferentes objetivos establecidos por la persona usuaria (con ayuda de un profesional) a través de contactos telefónicos, además de incorporar dispositivos de teleasistencia móvil con geo localizador para la atención de necesidad fuera del domicilio.

La teleasistencia también puede incluir un servicio que le ayude a gestionar citas médicas (pedir cita, modificarla, cancelarla, recordatorio…)

 

3.- Servicio gratuito

 

La teleasistencia es un servicio gratuito desde el pasado 22 de diciembre de 2022. La Junta de Castilla y León tiene la competencia de este servicio para toda la Comunidad Autónoma. El servicio incluye la instalación de los aparatos necesarios y los gastos de funcionamiento.

La competencia para la tramitación y resolución de las solicitudes, valoraciones, suspensiones/reanudaciones, altas/bajas y la relación con las personas usuarias y residentes en la provincia de Soria corresponde a la Diputación de Soria.

 

4.- ¿Quién tiene derecho a recibir el servicio?

 

Tienen derecho todas las personas que necesiten un sistema de comunicación continuo para poder permanecer en su domicilio habitual, por causas de salud, dificultades en su autonomía personal o riesgo de padecerlas, riesgo de aislamiento social u otras necesidades análogas.

Las personas mayores de 80 años y las personas que tienen reconocimiento de situación de dependencia tienen derecho a recibir el servicio en todo caso.

 

5.- ¿Dónde puedo solicitar el servicio?

 

Para solicitar el servicio deberá acudir a su Centro de Acción Social (CEAS) más cercano, donde le entregarán la solicitud correspondiente y le informarán de la documentación necesaria; y le orientarán de todos los servicios que puede recibir dentro de la prestación de teleasistencia básica y/o avanzada.

 

6.- ¿Cuál es el procedimiento para disponer del servicio de teleasistencia?

 

Una vez presente la solicitud, su coordinador de caso del CEAS se pondrá en contacto con usted para aportarle información y ayudarle a establecer los servicios que desea recibir en función de sus necesidades.

Posteriormente se pondrán en contacto con usted la entidad prestadora del servicio       para acordar la fecha de la entrevista en el domicilio, para instalar los dispositivos necesarios y enseñarle a utilizarlos.

 

7.- Solicitudes

 

El inicio de la tramitación se formulará a través de la Solicitud de Acceso a los Servicios Sociales y Valoración de Dependencia y Anexo B de Acceso al Servicio Público de Teleasistencia y se presentará en el Registro o sede electrónica de la Gerencia Territorial de la Junta de Castilla y León de Soria.

   En los casos en los que se disponga de Resolución de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales sobre el Reconocimiento de la Situación de Dependencia y derecho a la prestación de Teleasistencia, se presentará la solicitud específica de Diputación Provincial.

  Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Soria, sito en la calle Caballeros, 17 y a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

8.- Documentación

 

- Informe de salud, según modelo normalizado de Sacyl

- Fotocopia de la tarjeta sanitaria, por ambas caras.

-Consentimiento informado como persona de contacto en el servicio de teleasistencia, según modelo normalizado.

-En caso de representación:

         *por tutela o curatela representativa, se deberá aportar la resolución judicial que lo acredite (sentencia, aceptación del cargo)

         *por representación voluntaria otorgada ante notario o funcionario público, se deberá aportar la documentación acreditativa

         *por representación voluntaria o guardador de hecho, se deberá aportar modelo de Diputación de Soria.

 

 
 

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