Con el fin de reducir los costes de un servicio básico, cuya ausencia conduciría a situaciones de desabastecimiento de productos básicos a una parta de la población y de reconocer y retribuir la función social que realiza el comercio ambulante y su contribución a la fijación de la población en el medio rural, la Diputación de Soria plantea una convocatoria de subvenciones para reducir los gastos corrientes de fabricantes de pan y del sector de venta ambulante de producto cotidiano.
Los sectores beneficiados por la medida son los siguientes epígrafes del CNAE:
071,1072,4711,4719,4721,4722,4723,4724,4729,4781,4799. Independientemente de que se incluyan estos CNAES, la actividad subvencionable (entendiéndose la venta itinerante de producto cotidiano) deberá realizarse utilizando un vehículo asociado a la actividad empresarial y en lugares públicos de localidades que no cuenten con establecimiento/s comercial/es permanente/s. Quedando por tanto fuera de la convocatoria la venta ambulante en puestos fijos, mercadillos, festejos populares y puestos aislados. Dicho vehículo deberá estar asociado a la actividad empresarial. Quedan excluidos los vehículos turismos.
Podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones los trabajadores autónomos y las personas jurídicas (por el socio que esté dado de alta en la Tesorería de la Seguridad Social como trabajador autónomo) incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles que cumplan los siguientes requisitos:
1-tener domicilio fiscal y social en la provincia de Soria entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud
2-Prestar servicio de venta ambulante de producto cotidiano en al menos una localidad de la provincia de Soria de menos de 20.000 habitantes de manera habitual desde el 1 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2024.
3-Estar dados de alta en alguno de los epígrafes del CNAE indicados en la base segunda
4-Tener vehículo asociado a la actividad
Los interesados deberán presentar sus solicitudes por cualesquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015 de 1 octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Soria, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo.
La solicitud deberá contener la siguiente documentación:
-solicitud modelo oficial
-escrituras de la persona jurídica, documento constitutivo de la comunidad o sociedad civil, en su caso
-certificado de Titularidad de cuenta bancaria
El enlace para acceder a la sede electrónica de la Diputación provincial de Soria es: https://portaltramitador.dipsoria.es/web/inicioWebc.do?opcion=noreg
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