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AÑO 2023. SEGUNDA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE INVERSION EMPRESARIAL

El objeto de la convocatoria es apoyar la puesta en marcha de actividades empresariales y la modernización de las existentes mediante la cofinaciación de las inversiones necesarias para el arranque o modernización de la actividad empresarial.

Son beneficiarios las personas físicas o jurídicas (incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles) cuyo centro de trabajo esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de Soria, excluida la capital, que realicen inversiones productivas en los plazos determinados en la bse sexta de esta convocatoria.

No podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los administradores de las personas jurídicas que soliciten subvención, siempre que lo sea para actividades del mismo grupo de CNAE.

No podrán acceder a esta convocatoria quienes hayan sido beneficiarios de la primera convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos de inversión empresarial 2023. 

Son proyectos subvencionables las inversiones en activos fijos, materiales e inmateriales, necesarios para la puesta en marcha, mejora o ampliación de la actividad empresarial, así como los gastos de constitución, siempre que: 

- Los bienes adquiridos sean nuevos, excepto la adquisición de naves y locales ocmerciales para el desarrollo de la actividad empresarial, que podrán ser de segunda mano.

- Con independencia del tamaño de la inversión, solo se considerarán subvencionables los primeros 20.000€, no pudiendo ser el monto total de la inversión inferior a los 5.000€ IVA excluido.

Las inversiones subvencionables se inicien a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024.

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje sobre el coste subvencionable, obtenida directamente de la puntuación otorgada aplicando los criterios de puntuacion del proyecto, con un porcentaje máximo del 35% de la inversión subvencionable.

Este porcentaje podrá alcanzar el 40% en el caso de que el proyecto incluya la creación de empleo, a razón de un 5% adicional por la creación de empleo.

Cuándo Solicitar: 

Las solicitudes se presentarán por cualquier de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, desde el dia de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Soria hasta el déicmo quinto día natural siguiente.

Dirigido a:

Tramitación:

Fecha Finalización: 
Viernes, 10 de Noviembre de 2023

Departamento:

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