RSS
Perfil en Facebook
Perfil en Twitter
Perfil en YouTube
Perfil en Instagram
Domingo, 10 de Noviembre de 2024 Muy nuboso min. máx. 16º

Se encuentra usted aquí

AÑO 2023. SEGUNDA CONVOCATORIA SUBVENCIONES A MUNICIPIOS PARA LA CREACION Y PUESTA EN MARCHA DE ESTABLECIMIENTOS MULTISERVICIOS RURALES

El objeto de la presente convocatoria es la subvención para la ejecución de obras, equipamiento y mobiliario para la creación de establecimientos multiservicios en locales de propiedad municipal o de la entidad local menor.

Pueden ser beneficiaros de la presente convocatoria los muinicipios de la provincia, excluida la capital, y las entidades locales menores y barrios de la provincia de Soria que cumplan las siguientes condiciiones: 

- Dispongan de un local en propiedad que sea susceptible de adecuarse como establecimiento multiservicios que se encuentre dentro del casco urbano

- No exista en la misma localidad otro establecimiento comercial de titularidad privada de venta de producto cotidiano salvo que el establecimiento estuviera ubicado en un local de titularidad municipal. A estos efectos, no se considerarán como producto cotidiano ni las farmacias ni las panaderias.

- Cumplan los requisitos establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Son subvencionables los proyectos de remodelación de locales de propiedad municipal para la apertura de un centro multiservicio rural. 

El centro multiservicios deberá consistir como mínimo en una tienda de productos de consumo cotidiano y un bar.

Adicionalmente el proyecto podrá contener una sala de usos múltiples destinada a la prestación de servicios comerciales y/o asistenciales a los habitantes del municipio.

Son costes subvencionables: 

- Gastos de ejecución material de la remodelación del local

- Gastos de redacción del proyecto

- Gastos de equipamiento y mobiliario del establecimiento

No se consideran subvencionables ni los gastos generales ni el beneficio industrial ni los impuestos recuperables.

La subvención consistirá en una aportación a fondo perdido del 70% del coste total, incluido el IVA no recuperable. El máximo de subvención será de 35.000,00€

Cuándo Solicitar: 

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, desde el dia de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Soria, hasta el décimo quinto día natural siguiente. 

 

Dirigido a:

Tramitación:

Fecha Finalización: 
Viernes, 10 de Noviembre de 2023

Departamento:

Logo Diputación Provincial de Soria

Diputación Provincial de Soria

C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00