Son beneficiarios lasa personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
Su centro de trabajo esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de Soria incluida la capital
Sean beneficiarias del "bono digital" segmentos II y III
Su plantilla sea de menos de 10 trabajadores. Para medir este requisito se tomará como valor el documento de concesión del "bono digital" emitido por Red.es para los segmentos II y III
Quedan fuera de la convocatoria los autónomos societarios.
Son proyectos subvencionables las adquisiciones de equipos informáticos y de telecomunicaciones nuevos. Únicamente se considerarán subvencionables los siguientes:
- Ordenadores de sobremesa
- Portatiles
- Escaneres o impresoras multifunción
- Tablets
- Smartphones
- Routers
- Amplificadores wifi
Los equipos subvencionados deberán utilizarse para la actividad empresarial
Las solicitudes se pueden presentar desde la publicación del extracto en el BOP hasta el 15 de octubre de 2023 y deberán contener la siguiente documentación:
- Anexo I formulario de solicitud de la subvención
- Justificante del acuerdo de prestación del servicio de bono digital con un Agente digitalizador autorizado por MITECO
- Informe de plantilla media del solicitante con el siguiente periodo:
a- Si la solicitud del bono digital se hizo en la primera convocatoria, informe de plantilla media del ejercicio anterior a la solicitud de la ayuda
b. Si la solicitud del bono digital se hizo en la segunda convocatoria, informe de plantilla media de los doce meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
- Facturas y justificantes bancarios de pago de los equipos para los que se solicita subvencion. En ningún caso se admitiran pagos en metálico.
Diputación Provincial de Soria
C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00