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Sábado, 19 de Abril de 2025 Cubierto con tormenta min. máx. 11º

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CONVOCATORIA IMPULSO DEMOGRÁFICO 2022 (CHEQUE BEBÉ)

Las subvenciones otorgadas en esta convocatoria tienen como finalidad apoyar a los progenitores y/o tutores que en el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive, que:

  • Hayan tenido hijo/ hijos.
  • Hayan concluido los trámites de adopción o acogimiento permanente de un menor de 6 años, nacidos después del 1 de enero de 2016.

 

La situación subvencionable es el nacimiento, adopción o acogimiento permanente de niños menores de seis años, en las fechas comprendidas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive.

El nacimiento o adopción deberá estar inscrito/a en Registro Civil de la Provincia de Soria entre las fechas del párrafo anterior, salvo casos excepcionales derivados de motivos médicos u otros de similar naturaleza.

 

Los requisitos que deben cumplir el solicitante y el niño (excepto los casos recogidos en la cláusula sexta de esta convocatoria) son los siguientes:

  1. Tanto el solicitante como el niño deberán figurar empadronados en el mismo domicilio en cualquier municipio de la provincia de Soria de forma continuada desde una fecha en el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 y hasta, como mínimo, el momento de presentar la solicitud de subvención.
  2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como no hallarse incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con Diputación Provincial de Soria. El momento que se considera a efectos del cumplimiento de este requisito es el momento de formulación de informe‐propuesta de resolución por parte del Departamento de Desarrollo Económico, Reto Demográfico y Turismo.
  3. No concurrir ninguna de las causas que impiden la obtención de la condición de beneficiario, conforme al art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  4. No podrán acogerse a esta convocatoria aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materia
  1.  

La subvención total que se cargará en la tarjeta será la suma de una cuantía fija y una variable. La variable estará en función de los rendimientos del trabajo que figuren en la declaración de la renta de 2021.

  • Cuantía fija: En el caso de que las solicitudes presentadas no agoten el crédito presupuestario, la parte fija de la subvención será de 800€ por beneficiario.

  • Cuantía variable: aquellos solicitantes cuyas rentas del trabajo hayan sido inferiores a 13.300€ anuales si la declaración de la renta de 2021 si ha presentado de forma individual, o 26.600€ anuales si la declaración se presenta de forma conjunta, percibirán una cuantía adicional de un 25% de la cuantía fija, con un máximo de 200€ adicionales por solicitud.

 


  Puede acceder al trámite haciendo click aquí
Cuándo Solicitar: 

Desde el día de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Soria (4 de julio de 2022) hasta el 4 de agosto de 2022 (incluido).

Dirigido a:

Tramitación:

Fecha Finalización: 
Jueves, 4 de Agosto de 2022

Departamento:

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