RSS
Perfil en Facebook
Perfil en Twitter
Perfil en YouTube
Perfil en Instagram
Martes, 29 de Abril de 2025 Poco nuboso min. máx. 20º

Se encuentra usted aquí

PLAN SORIA 2024. SUBVENCIONES IMPULSO DEMOGRÁFICO (TARJETA BEBÉ)

El objteto de la convocatoria es regular la concesión de ayuydas a padres residentes en la provincia de Soria para el fomento de la natalidad. El mecanismo de la ayuda será una tarjeta prepago cargada con el importe aprobado que se destinará a la adquisición de productos en los establecimientos ubicados en la provincia de Soria que participen en el Programa.

Podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones indistintamente cualquiera de los dos progenitores de los niños nacidos, adoptados o acogidos en el periodo que se recoge en esta base, siempre que el solicitante cumpla los requisitos recogidos en la convocatoria.

La situación subvencionable es el nacimiento, adopción o acogimiento permanente de niños menores de seis años, en las fechas comprendidas entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

 

Cuándo Solicitar: 

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Soria, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo.

La documentación a presentar es la siguiente:

1. Solicitud en modelo oficial.

2. Documento del libro de familia digital o, en su defecto, libro físico, conforme a la nota informativa de la entrada en vigor de la Ley 6/2021, de 28 de abril, de Reforma de la Ley 20/2011, del Ministerio de Justicia, en el que consten al menos, el menor y el solicitante o en su defecto, copia de los certificados de nacimiento, o en caso de adopción certificado de inscripción de la adopción en el Registro civil.

3. En su caso, certificado de acogimiento permanente de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

4. Certificado histórico de empadronamiento en el momento de presentar la solicitud del solicitante y del niño, que deberá cubrir desde el momento del nacimiento hasta el momento de la solicitud.

5. En el supuesto de existencia de nulidad, separación o divorcio, certificación o copia de sentencia firme.

Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en los términos siguientes:

1. En el caso de nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o del acuerdo sobre el espacio económico europeo mediante NIE.

2. En el caso de nacionales del resto de países, NIE.

3. Los españoles no deberán presentar el DNI. La Diputación comprobará de oficio por medios electrónicos la identidad de los solicitantes.

 

Dirigido a:

Tramitación:

Fecha Finalización: 
Lunes, 15 de Julio de 2024

Departamento:

Logo Diputación Provincial de Soria

Diputación Provincial de Soria

C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00