De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de la Administración Pública, las solicitudes se podrán presentar en
cualquiera de los registros y por los medios que dispone su art. 16.
La fecha límite de presentación de solicitudes será el día 30 de septiembre de 2021, incluido.
Deberán contener la siguiente documentación:
• Anexo A. Solicitud de ayuda.
• Anexo B. Declaración de ayudas recibidas para la misma finalidad.
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria, original o copia compulsada.
• Informe de vida laboral a fecha de presentación de la solicitud.
• Certificado del secretario del ayuntamiento propietario de los pinos, de la adjudicación
al solicitante de la explotación de resina, donde consten el monte y el número de
pinos a explotar. En el caso de los montes privados, se deberá presentar documento
equivalente de la Junta de Castilla y León.
• Resolución sobre reconocimiento de alta en la Tesorería General de la Seguridad
Social.
La cuantía máxima por solicitante será de 1.500 €, a razón de 0,2 € por pino adjudicado para
explotación resinera.