Primero. Objeto:
Por Acuerdo 137/2021, de 16 de diciembre, de la Junta de Castilla y León se aprobó el Plan Soria conectada y saludable 2021-2027. Por Orden de 2 de mayo de 2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, se aprueba el gasto y se concede una subvención a la Diputación de Soria. Esa Orden regula la anualidad 2025 de la aportación de la Junta de Castilla y León a la Diputación en cumplimiento del Plan Soria 2021-2027.
Financia acciones del Programa de acciones para el asentamiento poblacional del eje estratégico Promoción de la cohesión territorial en el demográfico, Sectores estratégicos, del Plan Soria Conectada y Saludable 2021-2027.
Esta convocatoria se enmarca dentro de ese apartado, cuyo objeto es regular la concesión de ayudas a padres residentes en la provincia de Soria para el fomento de la natalidad.
Segundo. Beneficiarios:
Las subvenciones otorgadas en esta convocatoria tienen como finalidad apoyar a los progenitores y/o tutores que en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, que:
Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo. La documentación a presentar es la siguiente:
· Solicitud en modelo oficial.
· Documento del libro de familia digital o, en su defecto, libro físico, conforme a la nota informativa de la entrada en vigor de la Ley 6/2021, de 28 de abril, de Reforma de la Ley 20/2011, del Ministerio de Justicia, en el que consten al menos, el menor y el solicitante o en su defecto, copia de los certificados de nacimiento, o en caso de adopción certificado de inscripción de la adopción en el Registro civil.
· En su caso, certificado de acogimiento permanente de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.
· Certificado histórico de empadronamiento en el momento de presentar la solicitud del solicitante, del otro progenitor y del niño, que deberá cubrir desde el momento del nacimiento hasta el momento de la solicitud.
· En el supuesto de existencia de nulidad, separación o divorcio, certificación o copia de sentencia firme.
· Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en los términos siguientes:
· En el caso de nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o del acuerdo sobre el espacio económico europeo mediante NIE.
· En el caso de nacionales del resto de países, NIE.
· Los españoles no deberán presentar el DNI. La Diputación comprobará de oficio por medios electrónicos la identidad de los solicitantes.
Las personas solicitantes de la subvención autorizan expresamente y para este procedimiento a la Diputación a recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social del solicitante, así como aquellos otros documentos necesarios para completar el expediente de solicitud de subvención ante cualquier administración, incluido el empadronamiento. En caso de oposición deberán aportar los citados documentos
Diputación Provincial de Soria
C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00