Por Acuerdo 137/2021, de 16 de diciembre, de la Junta de Castilla y León se aprobó el Plan Soria conectada y saludable 2021-2027.
Por Orden de 2 de mayo de 2025 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprueba el gasto y se concede una subvención a la Diputación de Soria. Esta Orden regula la anualidad 2025 de la aportación de la Junta de Castilla y León a la Diputación en cumplimiento del Plan Soria 2021-2027.
Financia acciones del “Programa de acciones para el asentamiento poblacional” del eje estratégico Promoción de la cohesión territorial en el sector demográfico, Sectores estratégicos”, del Plan Soria Conectada y Saludable 2021-2027. En su anexo A “Relación de proyectos por ejes y periodo de vigencia” se incluyen dentro del Eje 3 como actuaciones subvencionables las líneas de ayudas dirigidas a la lucha contra la despoblación y dentro de ella, las ayudas para el asentamiento poblacional. En ese apartado, se enmarca la presente convocatoria.
El objetivo de esta convocatoria es garantizar el mantenimiento y continuidad de los bares o centros de ocio, que desempeñan no sólo una función social para los vecinos, sino que son fundamentales para fomentar el arraigo de la población en el medio rural, ubicados en municipios de la provincia de Soria.
La finalidad de la convocatoria es contribuir al mantenimiento y continuidad de los bares o centros de ocio ubicados en un municipio, entidad local menor o barrio de la provincia de Soria con población inferior o igual a 300 habitantes según la última cifra disponible en el INE mediante dos mecanismos:
1.- Sufragar las cuotas satisfechas al régimen general de trabajadores autónomos por el trabajador autónomo titular del establecimiento durante el período subvencionable comprendido desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2025.
2.- Sufragar la cuota empresarial de Seguridad Social satisfecha por el empleador durante el período subvencionable por el trabajador contratado para atender el establecimiento desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2025.
Ambos mecanismos son incompatibles entre sí, por lo que, un mismo solicitante no podrá optar a ambos de manera simultánea. Así mismo, cada solicitante podrá presentar una solicitud de subvención para un único establecimiento.
Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas físicas dadas de alta como trabajador autónomo en la Tesorería General de la Seguridad Social y las personas jurídicas, incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles (por el socio que este dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social como trabajador autónomo o por un trabajador contratado para atender el establecimiento) que cumplan los requisitos recogidos en la presente convocatoria:
Las solicitudes se presentarán por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Soria y deberán contener la siguiente documentación:
Los solicitantes autorizan expresamente a la Diputación a que, para este procedimiento, recabe en su nombre ante las distintas administraciones públicas todos aquellos documentos que sea necesarios para completar el expediente de solicitud de subvención
Diputación Provincial de Soria
C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00