El Plan Soria conectada y saludable contempla el refuerzo de medidas de carácter poblacional en varios ámbitos, citando entre ellos expresamente la vivienda. En varios apartados del Plan se contempla el objetivo de promover expresamente la disponibilidad de alojamiento en condiciones adecuadas, en especial apoyando la rehabilitación de viviendas, así como el fomento del parque público de viviendas destinado al alquiler social a través de actuaciones de rehabilitación de inmuebles y viviendas de titularidad municipal para destinarlas al alquiler social.
En muchas ocasiones ese patrimonio municipal está en desuso y no posee unas mínimas condiciones de habitabilidad.
Pro otro lado, la demanda de trabajo en muchas localidades de la provincia no se cubre por la carencia, entre otras cosas, de vivienda en condiciones razonables de precio y habitabilidad. El objetivo de la convocatoria es, por consiguiente, incrementar la oferta de vivienda pública en los pueblos de la provincia, como medio para posibilitar su desarrollo económico.
Pueden ser beneficiarios los municipios y entidades locales menores de menos de 20.000 habitantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ostentar la propiedad la vivienda que se va a rehabilitar con carácter de bien patrimonial.
2. Que los edificios en los que se encuentran las viviendas tengan un uso residencial ya sean unifamiliares o colectivas.
3. Las viviendas que se sitúen en municipios sujetos a Inspección Técnica de Edificaciones y que por su antigüedad lo requieran, deberán contar con el certificado e informe de ITE.
4. Las viviendas deberán tener una superficie mínima de 40m2
5. El edificio donde se encuentre la vivienda deberá estar construido antes de 2000.
6. No haber renunciado a esta misma convocatoria en el ejercicio 2024, habiendo sido concedida la subvención, es decir, habiendo sido beneficiario de la misma.
Cada solicitante podrá solicitar subvención para una vivienda que cumpla los requisitos recogidos en esta base.
De manera excepcional y en el caso de NO agotar el crédito presupuestario, el solicitante podrá solicitar subvención para más de una vivienda que cumpla los requisitos recogidos en las presentes bases.
Las solicitudes deberán cursarse exclusivamente de forma electrónica, de conformidad con lo previsto en el art 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo y deberán contener la siguiente documentación:
1.- Anexo I debidamente cumplimentado. (Solicitud).
2.-Anexo II debidamente cumplimentado. (Proyecto).
3.- Certificado del órgano de gobierno acordando la solicitud de la ayuda.
4.-Proyecto técnico (básico o de ejecución) o memoria, suscrito por técnico competente, en el que se describan las obras a realizar y se fije el presupuesto de la obra.
5.- Certificado del órgano de gobierno acreditativo del compromiso de ejecución de la obra.
Diputación Provincial de Soria
C/ Caballeros, 17 - 42002 Soria - Tfno. 975 10 10 00